Cristo, Rey de la Sociedad
José Andrés Segura Espada
RELACIONES IGLESIA-ESTADO
I. DISTINCIÓN ENTRE LAS DOS SOCIEDADES
P. La Iglesia y el Estado, ¿son dos sociedades distintas?
R. Sí, la Iglesia y el Estado son dos sociedades perfectamente distintas, pues difieren en su origen, en su constitución y en su fin.
a) En su origen: Una y otra vienen de Dios, pero la Iglesia está fundada por un acto positivo de la voluntad de Jesucristo, y la sociedad civil ha nacido de las inclinaciones dadas por Dios a la naturaleza humana. La una es religiosa y sobrenatural, la otra es temporal y puramente natural.
b) En su constitución: Dios ha constituido personalmente el poder de la Iglesia, determinando Él mismo su forma, sus límites y la manera de ejercerlo. En la sociedad civil, al contrario, las condiciones y la forma de la soberanía están entregadas a la elección de los individuos.
c) En su fin: La iglesia tiene por objeto procurar a los hombres los bienes celestiales y eternos, y el Estado el de cuidar de los intereses terrenales. Es así que el fin particularmente es el que determina la naturaleza de una sociedad. Luego la Iglesia y el Estado son dos sociedades perfectamente distintas.
P. La Iglesia y el Estado, ¿son soberanos en su respectivo dominio?
R. “Sí; la Iglesia y el Estado tienen su soberanía propia; son, por consiguiente, independientes el uno del otro en su esfera especial, con la condición, sin embargo, de no traspasar los límites que les traza su respectivo destino”. (León XIII en la encíclica Inmortale Dei, 1 de noviembre de 1885)
La soberanía de la Iglesia y del Estado consiste en que cada uno de los dos poderes puede dictar leyes que obliguen a sus respectivos súbditos.
La demarcación propia de cada poder se determina por su fin especial: La Iglesia encargada de velar por intereses espirituales del hombre. El Estado los intereses materiales de éste.
Sin embargo, como los intereses materiales están subordinados a los intereses espirituales, el fin del Estado está subordinado al de la Iglesia. Por consiguiente, el Estado no puede hacer nada que sea contrario a las leyes divinas y eclesiásticas: su independencia no es más que relativa.

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